INICIO DEL PLAZO DE DECLARACIÓN DE LA RENTA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2018

Desde el día 2 de abril ya se podrá confeccionar y presentar el modelo 100 correspondiente a las rentas y ganancias patrimoniales obtenidas a lo largo del período impositivo del pasado año 2018. El plazo de declaración se extiende hasta día 1 de julio inclusive, no obstante para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria, el plazo finaliza el 26 de junio. Comentar que este año desaparece la posibilidad de presentar la declaración en impreso de papel.

Como novedades más significativas, podemos citar las siguientes:

renta

  • Como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo de 3/10/18, las cantidades percibidas en concepto de prestaciones maternidad, o paternidad, se declaran exentas de tributación.
  • Las madres con derecho a la aplicación de la deducción por maternidad, podrán deducirse 1.000 € adicionales cuando hubieran satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
  • Con efectos 5 de julio de 2018 se amplía la cuantía de la deducción por familia numerosa en 600€ adicionales por cada uno de los hijos, que formen parte de la misma, que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia  numerosa de categoría general o especial, según corresponda (3 hijos la general y 5 la especial).
  • También con efectos 5 de julio de 2018 se establece una deducción, de 1.200 €/año por cónyuge con discapacidad a cargo. No obstante, en  2018 solo se aplicará en los meses de agosto a diciembre, con lo que la deducción máxima será de 500 euros.
  • Se establece una deducción sobre la cuota a favor de aquellos contribuyentes cuyos restantes miembros de la unidad familiar residan en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
  • Se incrementa la deducción por inversión en empresas de nueva creación. Se podrá deducir el 30%, antes el 20%, sobre una base máxima de deducción de 60.000 euros (antes era de 50.000 euros).

Nuestro equipo de profesionales se pone a su disposición, con el objetivo de analizar su declaración, y obtener la opción tributaria más beneficiosa mediante la aplicación de las medidas contenidas en la normativa legal vigente.

Madrid, 1 de abril de 2019

 

JAVIER DE BENITO GABINETE TRIBUTARIO