Tanto los jugadores como las jugadoras de pádel, al inicio de su actividad profesional, han de poner en conocimiento de la AEAT, a través del modelo 036 ó 037, que se van a dedicar al deporte del pádel, encuadrándose en el epígrafe 049 del impuesto de actividades económicas. Simultáneamente, han de solicitar el certificado digital, previa gestión en la FNMT (Fábrica nacional de moneda y timbre).
A continuación de haberse dado de alta en el censo de empresarios y profesionales de la AEAT, procede comunicar, en la Tesorería General de la Seguridad Social, el alta en RETA, esto es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Si nos encontramos ante un alta inicial, o en el caso de que no hubiésemos estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, procederá la aplicación de la tarifa plana, de tal manera que los importes a desembolsar, con periodicidad mensual, serán los siguientes:
Período | Cuota mensual |
12 primeros meses | 50 € |
Mes 13 al 18 inclusive | 137,97 € |
Mes 19 al 24 inclusive | 192,79 € |
Mes 25 al 36 inclusive | 192,79 € |
Precisar que la cuota reducida hasta el mes 24 es común a todos los jugadores, en cambio la correspondiente al último período, meses 25 al 36, solo podrá ser disfrutada por los jugadores menores de 30 años, y por las jugadoras menores de 35. Por lo tanto, la cuota normal de autónomos, actualmente de 276 €, en general no se comenzará a abonar hasta que se hayan cumplido 24 meses a contar desde la fecha de alta, mientras que, en el caso particular referido a los límites de edad, hasta que hayan transcurrido 36 meses.
Recordarte que Leiman Sports cuenta con profesionales, con alta experiencia en el mundo del pádel, que están dispuestos a ayudarte profesionalmente.